Convocatoria ordinaria para elegir a la consejera o consejero-representante, propietario y suplente, de las personas investigadoras del instituto de astronomía ante el consejo técnico de la investigación científica para el periodo 2025-2029.

La Dirección del Instituto de Astronomía conforme a lo dispuesto en los artículos 51 fracción IV, 52-A, 52-C y 52-D del Estatuto General de la UNAM 2° fracción IV y penúltimo párrafo, 3°, 4°, 5° y 6° del Reglamento Interno del Consejo Técnico de la Investigación Científica (RCTIC), y en el Reglamento Interno de este Instituto.

CONVOCA

A las investigadoras e investigadores del Instituto de Astronomía a participar en la elección electrónica, mediante votación universal, libre, directa y secreta, de una consejera o consejero-representante propietario y su respectivo suplente, ante el Consejo Técnico de la Investigación Científica, para el periodo 2025-2029, de acuerdo con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Para ser consejera o consejero-representante propietario y consejera o consejero-representante suplente del personal académico se requiere:

  1. Ser investigadora o investigador definitivo en el Instituto de Astronomía con al menos seis años de antigüedad en la entidad al día de la elección; salvo que se trate de entidades de reciente creación, en los que dicha antigüedad se computará desde el ingreso a la Universidad.
  2. Haber cumplido con sus programas de trabajo.
  3. No ocupar ni percibir remuneraciones por plaza o asignación en el desempeño de un cargo de carácter académico-administrativo o administrativo en la UNAM al momento de ser electo, ni durante el desempeño del cargo.
  4. No pertenecer a ninguna comisión dictaminadora, ni de estímulos de entidades pertenecientes a este Consejo Técnico durante el desempeño de su encargo.
  5. No haber sido sancionado por incurrir en alguna de las causas graves de responsabilidad que establece la Legislación Universitaria.

SEGUNDA.- Podrán registrar sus fórmulas y participar como elegibles –propietario y suplente- las investigadoras o investigadores cuyos nombres aparezcan en la lista de elegibles, misma que se publica de manera simultánea con la presente convocatoria.  

En caso de que alguna de las personas integrantes de una fórmula registrada renuncie a su candidatura o, con posterioridad, se verifique que no satisface los requisitos para ser consejera o consejero-representante o se vea imposibilitado para participar en la elección, a la compañera o compañero de fórmula se le permitirá participar en la elección respectiva como propietario o suplente en una fórmula distinta, siempre y cuando dicho registro se haga en los tiempos establecidos por esta convocatoria.

Ninguna investigadora o investigador podrá solicitar su registro como integrante de más de una fórmula, ya sea como propietario o como suplente. 

Las consejeras o consejeros-representantes propietario o suplente, no podrán representar simultáneamente a dos o más entidades académicas comprendidas en el Consejo Técnico de la Investigación Científica.

TERCERA.- Para la procedencia del registro de una fórmula sus integrantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Cumplir con lo establecido en la Base Primera de esta convocatoria.
  2. Solicitar por escrito el registro de la fórmula integrada por una o un propietario y su respectivo suplente ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección.
  3. Manifestar por escrito su aceptación al cargo.
  4. Señalar conjuntamente con la solicitud de registro, el nombre, domicilio y teléfono de la persona o personas que representarán a la fórmula durante el desarrollo del proceso electoral.

Sólo se otorgará la acreditación de representante de fórmula a quien cumpla los siguientes requisitos:

  1. Estar incluido en el padrón de electores.
  2. No haber sido sancionado por faltas graves contra la disciplina universitaria.

CUARTA. – La lista de elegibles a que alude la Base Segunda está publicada en la página electrónica del Instituto de Astronomía, pestaña de elecciones internas. +

QUINTA.- El registro de fórmulas se realizará vía remota ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a partir del martes 6 de mayo y hasta el martes 20 de mayo de 2025 a través del correo convocatorias@astro.unam.mx del Instituto de Astronomía de las 9:00 a las 18:00 horas. 

SEXTA. – Podrán participar como electores, las personas con nombramiento de Investigador, ya sean definitivos, interinos o personal contratado en los términos del artículo 51 del Estatuto del Personal Académico, con una antigüedad de por lo menos tres años calculados al día de la elección en el Instituto de Astronomía y cuyo nombramiento haya sido aprobado por el Consejo Técnico de la Investigación Científica. Este padrón incluye a las investigadoras o investigadores que estén disfrutando de su año sabático, comisión académica o licencias de las que no suspenden la antigüedad, o se encuentren adscritos temporalmente a otra entidad.

El voto se podrá ejercer vía internet en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx. Las investigadoras e investigadores utilizarán el Número de Identificación Personal (NIP) del SIAE que usan para su función docente, y/o con el cual también entran a la Oficina Virtual de la Dirección General de Personal (DGP). Esta clave, en caso de desearlo, podrá ser modificada por el usuario hasta 72 horas de anticipación a la jornada electoral, en la página http://www.dgae-siae.unam.mx, es decir, hasta las 9:00 horas del 6 de junio de 2025. 

SÉPTIMA. – El padrón de electores será publicado en la página electrónica del Instituto de Astronomía en la pestaña de elecciones internas. 

OCTAVA.- Las investigadoras o investigadores interesados podrán solicitar a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección los ajustes al padrón de electores y a la lista de elegibles en el lugar y horario a que se refiere la Base Quinta de esta convocatoria. El ejercicio de este derecho concluirá:

  1. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha límite para el registro de fórmulas, es decir hasta las 18:00 horas del 20 de mayo de 2025.
  2. En el caso del padrón de electores, hasta las 9:00 horas del 9 de junio de 2025.

NOVENA. – El Consejo Interno en su sesión extraordinaria del 5 de mayo de 2025, designó como integrantes de la Comisión Local de Vigilancia de la Elección a los siguientes tres miembros: 

Presidenta: Liliana Hernández Cervantes

Secretario: Carmelo Jorge Guzmán Cerón 

Vocal: Alejandro Cruz Osorio

Asimismo, designó como experto en informática para apoyar en el enlace con la Dirección General de Cómputo y de Tecnologías de Información y Comunicación a la M en C. Liliana Hernández Cervantes. 

El día de la elección la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, en sesión virtual, supervisará la puesta en operación del sistema electrónico y verificará que el contador del sistema se encuentre marcando ceros e inicie su función en el horario señalado. También supervisará el avance del proceso y dará fe del cierre de las votaciones en la hora indicada y contará con el dato referente al número de electores. 

DÉCIMA.- Las personas integrantes de las fórmulas y sus simpatizantes podrán realizar actos de propaganda electoral desde el día en que se les notifique el otorgamiento del registro de la fórmula solicitado y hasta cuarenta y ocho horas antes del día de la elección, esto es, a las 9:00 horas del 9 de junio de 2025. 

UNDÉCIMA.- La jornada electoral se efectuará en la página http://www.jornadaelectoral.unam.mx el miércoles 11 de junio de 2025 de las 9:00 a las 19:00 horas dentro del horario de la Zona Centro del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos. 

DECIMOSEGUNDA. – Para la presente elección el Consejo Interno del Instituto de Astronomía determinó que el día de la jornada electoral, la Comisión Local de Vigilancia de la Elección sesione a través de videoconferencia, a la que podrán incorporarse las y los candidatos y/o representantes de las fórmulas registradas, con el propósito de monitorear conjuntamente el proceso de votación, así como el recuento total de votos. 

DECIMOTERCERA.– La imagen de la boleta desplegada en el monitor de la computadora para emitir el voto contendrá, escritas en blanco y negro y sin logotipos las fórmulas registradas de propietarias y propietarios y sus respectivos suplentes con los nombres completos y en estricto orden alfabético, comenzando por el primer apellido de cada propietario. 

DECIMOCUARTA.- En el lugar de monitoreo podrá participar, con carácter de observadoras u observadores, un representante de cada una de las fórmulas registradas que haya sido debidamente acreditado ante la Comisión Local de Vigilancia de la Elección cuando menos con cinco días de anticipación a la jornada electoral, es decir, a más tardar a las 18:00 horas del 4 de junio de 2025. 

Las y los representantes acreditados de una fórmula registrada podrán sustituirse en cualquier tiempo, siempre que se dé aviso por escrito a la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, cuando menos con cinco días de anticipación a la jornada electoral, es decir a las 18:00 horas del 4 de junio de 2025. 

DECIMOQUINTA. – Las electoras y electores del Instituto de Astronomía podrán ejercer su voto seleccionando una de las fórmulas registradas. La fórmula que obtenga el mayor número de votos, resultará electa. 

DECIMOSEXTA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección conocerá y, en su caso, resolverá en el ámbito de su competencia, las cuestiones no previstas que se susciten durante la jornada electoral.

DECIMOSÉPTIMA.- Un voto será nulo cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

  1. Tratándose de la lista de elegibles, en la fecha límite para el registro de fórmulas, es decir hasta las 18:00 horas del 20 de mayo de 2025.
  2. En el caso del padrón de electores, hasta las 9:00 horas del 9 de junio de 2025.

DECIMOCTAVA.- En caso de que existan inconformidades, éstas deberán presentarse en tiempo y forma por escrito, con el nombre completo y la firma de quienes las formulen, debidamente fundadas y motivadas con la documentación y pruebas correspondientes y hasta antes de concluir el proceso electoral, ante la Comisión Local de vigilancia de la Elección. 

DECIMONOVENA.- En caso de empate se realizará una segunda elección dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presente elección, en el mismo lugar y horarios señalados en las bases decimosegunda y decimotercera, donde únicamente se incluirán las fórmulas que hayan empatado en primer lugar, siguiendo el procedimiento descrito en la presente convocatoria. 

VIGÉSIMA.- La Comisión Local de Vigilancia de la Elección entregará a la Presidenta del Consejo Técnico de la Investigación Científica el acta de la elección a más tardar el lunes 16 de junio de 2025, acompañada de la documentación comprobatoria: convocatoria, cartas de aceptación firmadas y con firma de recibido por la Comisión Local de Vigilancia de la Elección, actas y padrones y los nombres de las y los representantes observadores de las fórmulas registradas. Simultáneamente, hará llegar una copia del acta a la directora o director de la entidad. 

VIGESIMOPRIMERA.- El Consejo Técnico de la Investigación Científica hará la declaratoria formal del resultado de la elección, y, en su caso, resolverá en definitiva las situaciones no previstas que pudieran surgir al respecto. 

VIGESIMOSEGUNDA.- Las investigadoras o investigadores integrantes de la fórmula, propietario y suplente, que resulten electos representantes, durarán en su cargo cuatro años, a partir de la fecha en que tomen posesión. 

VIGESIMOTERCERA.- La Presidenta del Consejo Técnico de la Investigación Científica convocará a una sesión extraordinaria para la instalación del Consejo Técnico con las y los consejeros-representantes electos.